lunes, 4 de julio de 2011

Seguridad e Higiene Medio Ambiental

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Riesgos del Trabajo - Nueva Res. SRT 550

Escrito por Editor EHS
La resolución de la SRT n° 550 tiene como finalidad mejorar las medidas de seguridad preventivas, correctivas y de control en las obras en construcción.


Siguiendo esta línea establece un mecanismo de intervención más eficiente para las etapas de demolición de edificaciones existentes, excavación para subsuelos y ejecución de submuraciones.


Resolución 550/2011
Bs. As., 26/4/2011

VISTO: El Expediente Nº 27.258/10 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557, los Decretos Nº 170 de fecha 21 de febrero de 1996, Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996 y las Resoluciones S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, Nº 51 de fecha 7 de julio de 1997; Nº 35 de fecha 31 de marzo de 1998, Nº 319 de fecha 9 de septiembre de 1999, Nº 552 de fecha 7 de diciembre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso a), apartado 2 del artículo 1º de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) establece como uno de sus objetivos fundamentales la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Que del mismo modo, el apartado 1 del artículo 4º de la Ley de Riesgos del Trabajo dispone que tanto las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), como los empleadores y sus trabajadores, se encuentran obligados a adoptar medidas tendientes a prevenir eficazmente los riesgos del trabajo para lo cual deben asumir compromisos concretos de cumplir con las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Que asimismo el artículo 19 del Decreto Nº 170/96, faculta expresamente a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) a determinar la frecuencia y condiciones en la realización de las actividades de prevención y control, teniendo en cuenta las necesidades de cada una de las ramas de actividad.

Que a través del Decreto Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996 se aprobó el reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción atendiendo a las particularidades de dicha industria, destacándose entre ellas, la coexistencia dentro de una misma obra de personal dependiente del subcontratistas, lo que genera situaciones especiales respecto a la determinación de la responsabilidad en el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en el trabajo.

Que asimismo, el artículo 7º del Anexo del Decreto Nº 911/96 establece entre las obligaciones del empleador, la de implementar las acciones y proveer los recursos materiales y humanos necesarios para el mantenimiento de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo que aseguren la protección física y mental y el bienestar de los trabajadores.

Que mediante las resoluciones S.R.T. referidas a la industria de la construcción se han implementado distintas acciones de prevención de infortunios laborales en el ambiente de trabajo que ocupan a los empleados del sector de la mencionada industria.

Que esta industria genera riesgos específicos cuya variedad y secuencia, exige un tratamiento diferenciado.

Que la práctica en la materia ha demostrado que durante los procesos de demolición de edificaciones existentes surgen riesgos de derrumbe de obra que, además de afectar a los trabajadores, también pone en riesgo a construcciones linderas.

Que, igualmente, en las obras de construcción donde se ejecutan trabajos en excavaciones para cimientos, subsuelos u otras, existen riesgos tales como derrumbes de tierra o de paredes laterales que pueden producir accidentes graves.

Que, asimismo, si no se realiza en etapas el proceso de submuración y no se apuntalan las fundaciones o paredes medianeras, existen riesgos de derrumbe de dichas paredes debido a que se perturba el equilibrio de cohesión del suelo.

Que por sus características particulares, corresponde implementar métodos diferenciados para estas actividades.

Que en el contexto señalado, resulta necesario establecer un mecanismo de intervención más eficiente para las etapas de demolición de edificaciones existentes, excavación para subsuelos y ejecución de submuraciones, con el fin de mejorar las medidas de seguridad preventivas, correctivas y de control en las obras en construcción.

Que estas disposiciones facilitarán el control del cumplimiento de las medidas de seguridad adoptadas en el programa de seguridad y de la normativa vigente para realizar los trabajos en forma segura.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 36, inciso a), de la Ley Nº 24.557, en artículo 19 del Decreto Nº 170/96 y el Decreto Nº 911/96.

Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que cuando se ejecuten trabajos de demolición la documentación necesaria que deberá incorporarse en el Legajo Técnico de la obra, prescripto en el artículo 3º del Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, será la dispuesta en el Punto 1) del Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Apruébase el listado de Acciones Primarias para trabajos de demolición que deberá llevar a cabo la empresa constructora y el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, establecido en el Punto 2) del Anexo I de la presente.

Art. 3º — Establécese que cuando se ejecuten trabajos de excavación para ejecución de subsuelos, como así también tareas de submuración de muros, la documentación necesaria que deberá incorporarse en el Legajo Técnico de la obra, prescripto en el artículo 3º del Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 231/96, será la dispuesta en el Punto 1) del Anexo II que forma parte integrante de la presente.

Art. 4º — Apruébase el Listado de Acciones Primarias para trabajos de excavación para ejecución de subsuelos, como así también para tareas de submuración de muros que deberá llevar a cabo la empresa constructora y el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, establecido en el Punto 2) del Anexo II de la presente.

Art. 5º — El Plan de Visitas para verificar el cumplimento de los Programas de Seguridad por parte de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), deberá tener la siguiente frecuencia:

a) Para tareas de demolición de edificios existentes, se efectuará la primera visita dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de iniciados los trabajos.

Con posterioridad, se deberá efectuar como mínimo una visita cada SIETE (7) días corridos, hasta la finalización de la totalidad de los trabajos de demolición y retiro de los materiales provenientes de la misma.

b) Para tareas de excavación de ejecución de subsuelos y/o submuraciones, se efectuará la primera visita dentro de los SIETE (7) días corridos de iniciados los trabajos.

Con posterioridad, se deberá efectuar como mínimo una visita cada DIEZ (10) días corridos, hasta la finalización de la totalidad de los trabajos de excavación y submuración de todas las paredes existentes.

Art. 6º — El empleador de la construcción deberá incluir en el campo “Otros (Detallar)” del Aviso de Obra —prescripto en el Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 552 de fecha 7 de diciembre de 2001— que presenta ante la A.R.T. junto con el Programa de Seguridad: el tipo de demolición de las edificaciones existentes a ejecutar, si es parcial o total y las características de la misma. Asimismo, deberá indicar si las excavaciones son para subsuelos y/o si existen tareas de submuración.

Art. 7º — La documentación que se genere en virtud del cumplimiento de la presente resolución y sus Anexos, deberá ser suscripta por el Empleador, el Director de Obra y el Responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

Art. 8º — El empleador de la construcción deberá mantener en la obra toda la documentación requerida en el Legajo Técnico, perfectamente resguardada, preservada y debidamente organizada, para que los Organismos de control puedan verificar que se cumpla con las medidas preventivas señaladas en el Programa de Seguridad.

Art. 9º — Determínase que lo normado por la presente resolución es aplicable para las actividades de Demolición, Excavación y Submuración y complementa lo establecido en el Decreto Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996 y en las Resoluciones S.R.T. Nº 231/96, Nº 51 de fecha 7 de julio de 1997, Nº 35 de fecha 31 de marzo de 1998, Nº 319 de fecha 9 de septiembre de 1999 y Nº 552/01.

Art. 10. — La presente resolución entrará en vigencia a partir de los TREINTA (30) días siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan H. González Gaviola.


ANEXO I

TRABAJOS DE DEMOLICIÓN

1) Documentación a completar por la empresa constructora y el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo para incorporar en el Legajo Técnico. Contenidos mínimos a incluir en la Memoria Descriptiva para las tareas de demolición:

a) Planos/esquemas de la edificación a demoler (plantas y vistas), donde se especificarán las áreas a demoler y aquéllas a conservar (de ser necesario), el número de plantas, antigüedad y otras características.

Se realizará el análisis estructural que corresponda, como el estado y observación de las edificaciones colindantes, rubricado por un profesional competente en la materia.

b) Cálculos estructurales de los apuntalamientos y arriostramientos de las paredes medianeras, los que deberán estar rubricados por un profesional competente en la materia.

c) Antecedentes de la edificación a demoler, verificando la presencia de materiales con asbesto.

En caso de detectarse, se deberán adoptar las medidas preventivas necesarias para realizar los trabajos sin riesgos para la salud de los trabajadores.

d) Procedimiento y método a seguir para la ejecución de las demoliciones, donde se indicará si se efectúan en forma manual, con maquinaria, usando explosivos o sistemas mixtos.

e) Descripción de las medidas colectivas de seguridad que se deberán adoptar, específicas para esta etapa, a saber: armado de andamios, ejecución de barandas, previsión del sistema de anclaje de los cabos de vida y cualquier otra medida de seguridad que el profesional competente estime necesaria.

f) Descripción de los elementos de protección personal (E.P.P.) necesarios, acorde a los riesgos a los que se encuentren expuestos los trabajadores.

g) Sistema de verificación del corte de los servicios de electricidad, agua y gas. Asimismo, se deberá verificar la inexistencia de caños de agua o saneamiento averiados que puedan acarrear riesgos súbitos, anegando la excavación o causando el desmoronamiento de sus paredes.

h) Descripción del sistema de vallado de seguridad de la edificación a demoler.

i) Cuando la edificación a demoler esté situada en zona urbana, se deberán describir las medidas de seguridad a adoptar para evitar la caída o, proyección de materiales sobre la vía pública o fincas linderas. Estas observaciones las realizarán en forma conjunta el Director de la Obra y el Responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

j) Previsión de los medios de acceso y salida seguros para los trabajadores y para el retiro de materiales.

k) Descripción de las medidas preventivas que se tomarán para evitar el derrumbe de los muros, en el caso de la ejecución de vigas medianeras donde se deban cortar paredes linderas.

l) Descripción de las máquinas y herramientas a utilizar.

m) Deberá incorporarse al Legajo Técnico el Programa de Capacitación a los trabajadores, específico para estas tareas.


2) Acciones Primarias para trabajos de demolición

La confección de la Memoria Descriptiva estará a cargo de la empresa constructora y del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la empresa, sea interno o externo.

En el Programa de Seguridad se agregarán las medidas de seguridad a adoptar, que surjan del análisis de la documentación y las características de la obra.

Los empleadores de la construcción, contratistas principales y subcontratistas, no podrán iniciar los trabajos si no cuentan con la aprobación de los Programas de Seguridad por parte de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2º del Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, mientras se desarrollen los trabajos de demolición, el responsable o un auxiliar del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo deberá permanecer en la obra durante todos los turnos de trabajo.

El Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo deberá:

a) Junto con el Director de Obra y antes del inicio de los trabajos, durante su desarrollo y hasta la finalización de la demolición, hacer revisiones generales de las edificaciones medianeras y colindantes, viales e instalaciones adyacentes, adoptándose las medidas de seguridad adicionales que fueran necesarias, registrando todas las observaciones y recomendaciones en la Memoria Técnica de la obra.

b) Junto con el responsable de la tarea, confeccionar y rubricar diariamente y antes del inicio de los trabajos, los Permisos de Trabajo Seguro para las diferentes tareas.

c) Junto con el Director de Obra, observar una vez finalizada dicha etapa, que las protecciones, los apuntalamientos de paredes medianeras o muros existentes, el vallado de huecos o pozos, permanezcan debidamente protegidos y señalizados, mientras lo requiera el avance de la obra.


ANEXO II


TRABAJOS DE EXCAVACIONES Y SUBMURACIONES

1) Documentación a completar por la Empresa Constructora y el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo para incorporar en el Legajo Técnico. Contenidos mínimos a incluir en la Memoria Descriptiva para excavaciones y submuraciones:

a) Planos/esquemas de excavación donde se especificará cómo se realizarán las etapas de la misma, la secuencia para la extracción de tierra y la ejecución de la rampa para el retiro de la misma. Facilitar accesos seguros de ingreso y salida de las excavaciones, de acuerdo a la normativa vigente, rubricados por un profesional competente en la materia.

b) Estudio de suelos con las recomendaciones pertinentes para la ejecución de las excavaciones, taludes naturales, napas de agua y toda otra condición que pudiera presentarse generando modificaciones en las condiciones de resistencia del suelo, rubricado por un profesional competente en la materia.

c) Cálculos estructurales de los apuntalamientos, entibamientos, arriostramientos o cualquier otro medio eficaz para evitar el desmoronamiento del suelo o muros linderos, rubricados por un profesional competente en la materia.

d) Planos/esquemas con las características de los muros existentes a submurar y de los nuevos muros o tabiques de submuración, indicando secuencia y método constructivo, rubricados por un profesional competente en la materia.

e) Cronograma para la ejecución de los trabajos de excavación.

f) Procedimiento y método a seguir para la ejecución de las excavaciones, donde se indicará si se efectuarán en forma manual, con maquinaria o sistemas mixtos. En el caso de la excavación con máquinas, se dispondrán las medidas de seguridad para evitar el trabajo en forma simultánea con los operarios, manteniendo las distancias de seguridad de acuerdo a la normativa vigente.

g) Previo al inicio de los trabajos deberá confeccionarse un plan de trabajo para la realización de Submuraciones, que contemple los plazos de realización y la ejecución en forma alternada, manteniendo los taludes naturales del terreno.

h) Sistema de verificación del corte de los servicios de electricidad, agua y gas. Asimismo, se deberá verificar la inexistencia de caños de agua o saneamiento averiados que puedan acarrear riesgos súbitos, anegando la excavación o causando el desmoronamiento de sus paredes.

i) Descripción de las medidas de seguridad colectivas a adoptar, específicas para esta etapa de la obra.

j) Descripción de los elementos de protección personal (E.P.P.) necesarios, acorde a los riesgos a los que se encuentren expuestos los trabajadores.

k) Descripción de las medidas preventivas que se tomarán para evitar el derrumbe de los muros, en el caso de la ejecución de vigas medianeras donde se deban cortar paredes linderas.

l) Deberá incorporarse al Legajo Técnico, el Programa de Capacitación a los trabajadores, específico para estas tareas.


2) Acciones Primarias para excavaciones y submuraciones

La confección de la Memoria Descriptiva estará a cargo de empresa constructora y del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la empresa, sea interno o externo.

En el Programa de Seguridad se agregarán las medidas de seguridad a adoptar, que surjan del análisis de la documentación y las características de la obra.

Los empleadores de la construcción, contratistas principales y subcontratistas, no podrán iniciar los trabajos si no cuentan con la aprobación de los Programas de Seguridad por parte de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2º del Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 231 de fecha 22 de noviembre de 1996, mientras se desarrollen los trabajos de excavaciones y submuraciones, el responsable o un auxiliar del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo deberá permanecer en la obra durante todos los turnos de trabajo.


El Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo deberá:

a) Diariamente y antes de iniciar los trabajos, verificar el estado del suelo, de las paredes de la excavación y de los muros lindantes.

b) Junto con el responsable de la tarea, confeccionar y rubricar diariamente y antes del inicio de los trabajos, los Permisos de Trabajo Seguro para las diferentes tareas.

c) Durante los trabajos de submuración, observar que los muros existentes, medianeros o no, queden debidamente calzados con la submuración, con el fin de evitar asentamientos diferenciales, fisuras o deterioros en dichas paredes.

d) Junto con el Director de Obra y una vez finalizado los trabajos de excavación y submuración, realizar una revisión general de las edificaciones medianeras y colindantes, viales e instalaciones adyacentes, adoptándose las medidas de seguridad adicionales que fueran necesarias, registrando todas las observaciones en la Memoria Técnica de la Obra.

Normas de uso: escaleras portátiles


Siempre que hay una escalera involucrada en alguna actividad laboral el riesgo de accidentes incrementa. A través de estas recomendaciones podremos minimizarlo a base de buenas prácticas y normas de uso estandarizadas.

• OBJETIVO: Regular el uso y mantenimiento de escaleras portátiles, para evitar la ocurrencia de accidentes.




• RIESGOS POTENCIALES: El mal uso de escaleras presenta los siguientes riesgos potenciales:

• Resbalamiento de la persona.

• Caída por pérdida del equilibrio.

• Deslizamiento de la escalera.

• Rotura de la escalera y caída de la persona.

• Caída de elementos de altura.

Las consecuencias de estos accidentes suelen ser muy graves y hasta fatales.

• CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS

• Las escaleras portátiles deben estar construidas con materiales resistentes, normalmente madera, aluminio, hierro o plástico reforzado con fibra de vidrio.

• Deben ser de construcción standard, es decir que no se deberán usar elementos improvisados.

• Las soldaduras o uniones por tornillos o remaches deben ser firmes y mantener un alto coeficiente de seguridad.

• En las patas las escaleras deben tener zapatas anti-deslizantes o tacos de goma.

• Las escaleras tipo tijera, o de dos hojas deberán tener tensores que limiten la apertura máxima. Estos tensores, blandos o articulados, estarán firmemente asegurados a los largueros.

• En las reparaciones se reemplazarán los elementos dañados en su totalidad (por ejemplo largueros, peldaños, tensores). Si esto fuera imposible se descartará la escalera. No se permitirá el uso de partes reparadas o refuerzos improvisados.

• ALMACENAMIENTO y TRANSPORTE


• Las escaleras se deberán guardar bajo techo, en los lugares  asignados, en posición vertical, en lo posible. Se tratará de  evitar el apilado para que no se doblen los largueros.

• Si se trata de escaleras altas, pesadas, el transporte se hará entre dos personas.

• Una vez finalizada su utilización se volverán a colocar en su lugar.

• PRECAUCIONES Y RECOMENDACIONES

• Al apoyarse contra la pared, las escaleras deberán guardar una  relación de 4:1 es decir por cada cuatro metros de altura, un metro de distancia a la pared.

• Las escaleras de dos hojas no deberán usarse apoyadas.

• La escalera debe llegar hasta la altura de trabajo con comodidad.

• El operador no debe estirarse ni inclinarse a izquierda o derecha, porque el desplazamiento del centro de gravedad puede originar una caída.

• Para subir y bajar de la escalera se debe estar de frente a ésta, con las manos libres y tomarse de los largueros.

• Antes de subir, el operador debe poner cuidado de no tener elementos resbaladizos en las suelas de los zapatos como grasas aceites o jabones.

• No se permite colocar escaleras sobre otros elementos (cajones, escritorios, etc.) ni empalmarlas.

• En lo posible, no se colocarán escaleras frente a aberturas. Si hubiera que hacerlo se deberán señalizar convenientemente.

• En todos los casos es aconsejable consignar la zona de influencia de la escalera y colocar un cartel que diga: ATENCIÓN TRABAJO EN ALTURA.

• Para usos eléctricos se usarán escaleras especiales, dieléctricas (no conductoras).

El botiquín de primeros auxilios

Un elemento fundamental en el ambiente laboral que muchas veces se suele obviar es el botiquín de primeros auxilios. El mismo es esencial a la hora de lidiar con una emergencia en el lapso de tiempo que hay entre el accidente propiamente dicho y la llegada de un equipo especializado.




La inclusión del botiquín en el ámbito laboral se encuentra reglamentada en el territorio argentino. Según la Ley 19.587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y establecido en el artículo 8 es obligación del empleador disponer de medios adecuados para la inmediata prestación de primeros auxilios. Ya en el artículo 21, el Decreto Reglamentario 351/79, en su apartado 2, punto 2.3 especifica lo siguiente dentro de los requisitos mínimos que deben cumplir los Servicios de Medicina del Trabajo Internos: botiquín completo para primeros auxilios adecuado a los riesgos del establecimiento, accesible en forma permanente.


Es por ello no sólo importante contar con un botiquín de primeros auxilios sino que también obligatorio.

Estos son los elementos que, según la Cruz Roja, un botiquín debe tener:

Guía rápida de primeros auxilios: Para conocer o recordar las pautas de acción para cada emergencia.

Termómetro digital: Se utiliza para medir la temperatura corporal.

Bolsa roja: Los residuos contaminados por sangre o fluidos patogénicos deben recibir un tratamiento especial y no pueden ser descartados como residuos comunes. Las bolsas rojas sirven para facilitar su diferenciación.

Guantes descartables de vinilo o nitrilo, Antiparras y máscaras para reanimación cardiopulmonar con válvula unidireccional: Se utilizan como barrera de protección para evitar la transmisión de enfermedades.

Gasas estériles de distintas medidas: Para realizar compresión directa en zonas de sangrado y para cubrir heridas después de que éstas sean tratadas. Entre la herida y la venda debe existir siempre un apósito o gasa.

Vendas: Útiles para envolver y sujetar apósitos que cubren heridas. Sirven también para inmovilizar partes doloridas o lesionadas.

Tela adhesiva: Sirve principalmente para sujetar apósitos y vendas. También puede utilizarse para ayudar a inmovilizar partes lesionadas.

Solución de yodopovidona y clorhexidina: Útiles como antisépticos para limpiar y desinfectar heridas.

Alcohol al 70%: Ideal para la limpieza de manos e instrumental de primeros auxilios.

Jabón neutro: Su uso provee una buena higiene de las heridas.  Especialmente de aquellas que requieran la remoción de cuerpos extraños.

Tijera multipropósito: Para cortar la ropa cuando sea necesario, en personas que se hayan quemado o golpeado, para evitar desgarros de tejidos o movimientos inadecuados.

Linterna: Para examen del lesionado. Cuerpo extraño en boca, tamaño de pupila, etc.

Solución salina normal (fisiológica): Muy útil para la higiene de grandes heridas. También para el lavado y descontaminación de lesiones oculares.

Pinza larga sin dientes: Para la sujeción de gasas, evitando su contaminación.

Alfileres de gancho: Útiles para sostener vendas y cabestrillos.

Bolígrafo y anotador: Para el registro de datos relevantes sobre el estado de la víctima, teléfonos de personas de contacto, información complementaria, etc.

Pañuelos grandes (para vendaje trianguar): Facilita la confección de cabestrillos, vendajes de partes amputadas y otras zonas de gran superficie como la cabeza.

Bolsas de nylon de cierre hermético: Preservación de partes amputadas, material e instrumental.

Manta de supervivencia (térmica): Para prevenir la pérdida de calor, especialmente en víctimas de shock y ahogamiento.

Y, por otro lado, estos son los elementos que, según la Cruz Roja, un buen botiquín NO debe tener:

Medicinas vencidas.

Medicamentos mal preservados o erróneamente identificados.

Termómetros que no funcionan.

Tijeras o pinzas oxidadas.

Altos niveles de bacterias en carnicerías

Detectan contaminación en las mesadas, picadoras y cuchillas.


Después de golpear varias puertas de oficinas públicas porteñas y bonaerenses, un equipo de especialistas en enfermedades transmitidas por alimentos logró su objetivo en el municipio de Berisso: poner en práctica un programa para controlar en las carnicerías la contaminación bacteriana de los cortes; especialmente con el microorganismo que acaba de provocar en Alemania una epidemia de síndrome urémico hemolítico (SUH) por el consumo de brotes de soja, la Escherichia coli. Aquí, la carne picada y los chacinados poco cocidos son, por ahora, los principales vehículos de esta bacteria, responsable de unos 500 casos anuales de esa peligrosa infección digestiva en menores de 5 años, capaz de producir una insuficiencia renal aguda.

Los resultados de esta iniciativa fueron preocupantes: el 67,2% de las cuchillas, el 78,7% de las mesadas y el 91,8% de las picadoras de carne estaban contaminadas con bacterias potencialmente dañinas. Igual que las manos de 8 de cada 10 carniceros.


El equipo de dos centros de investigación de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) recorrió 61 de las 125 carnicerías de Berisso durante cinco meses entre 2009 y 2010. (En esa localidad, el 60% de las diarreas agudas bacterianas registradas en estos 5 años fueron por bacterias transmitidas por carne bovina.)

En los comercios, el equipo obtuvo muestras de carne picada y, con ayuda de esponjas, de las manos de los empleados, las cuchillas que utilizan, la mesada de trabajo y las picadoras de carne.

"Esas cifras muestran el panorama con el que comenzamos. El desafío es corregirlo a través de la capacitación de los carniceros en las prácticas cotidianas de manipulación de la carne y de limpieza del lugar. En estos pocos meses, ya concurrieron más de cien carniceros. En septiembre vamos a repetir los controles y, entonces, podremos comprobar qué cambios logramos", explicó el doctor Gerardo Leotta, responsable técnico del Laboratorio de Microbiología de los Alimentos de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la UNLP e investigador del Conicet en el Instituto de Genética Veterinaria (Igevet), en la misma universidad.

En esas instalaciones, que comparten ambos centros y están ubicadas en uno de los edificios de la facultad, frente al estadio del Club Gimnasia y Esgrima de La Plata, se realizan los análisis de las muestras obtenidas. A los 10-15 días, los carniceros reciben un informe sobre si están comercializando carne "apta" o "no apta" para el consumo, además de cuáles son las superficies o las prácticas de manipulación que originan la contaminación.

Esos resultados los conocen sólo los investigadores y las autoridades municipales, que son las que luego envían las intimaciones para que los carniceros concurran a una jornada de capacitación a cargo del doctor Julio Copes y el técnico Cristian Adriani en la sede de la Dirección de Salud de la municipalidad.

"La idea no es sancionar, sino capacitar", afirmó Leotta. La única condición es asistir al curso, si no, el municipio toma otras medidas. "Si luego de las tres intimaciones no concurren, dejan de participar en el programa y se envía la información al área legal de faltas", detalló Adriani, bromatólogo de la Dirección de Salud de Berisso.

Los principales problemas detectados en los locales fueron la falta de una adecuada sanitización del lugar y de las cuchillas, mesadas y picadoras, además del uso de ropa inadecuada para trabajar o la ausencia de elementos indispensables para la higiene, como la cofia.

"Un problema común en la mayoría, y no por mala intención sino por desconocimiento, es el concepto de sanitización. Quizás entramos en una carnicería y están tomando mate mientras atienden -señaló Leotta-. En ese caso, lo que sirve es la capacitación primero, no la sanción."

Sanitizar va más allá de pasarle un trapo "rejilla" al mostrador o lavar con agua la cuchilla: "Significa limpiar, desengrasar, porque la grasa actúa como protectora de la bacteria, después enjuagar y desinfectar, que puede ser con lavandina o una gran variedad de detergentes", agregó el experto. Y eso se debe realizar con todas las superficies, la picadora y el resto de los elementos que se utilizan para trabajar. "La rejilla no va más... Se debe reemplazar por papel", insistió.

Es que ni la lavandina elimina la grasa. "La práctica de mezclar la lavandina con el detergente, por ejemplo, es un error, porque uno inactiva el otro", comentó Adriani.

Pero eso no fue todo. En carnicerías que los especialistas consideraron "impecables", también encontraron niveles altos de la bacteria E. coli en las muestras obtenidas. ¿Dónde estaba la causa de la contaminación? En el origen o el transporte de la carne, a cargo de intermediarios. "El camión también hay que sanitizarlo", recordó Leotta.

Las carnicerías que obtuvieron los mejores resultados fueron las más antiguas. Carniceros de hace 40 años son los que mejores prácticas de manipulación y sanitización utilizan. "Hasta hay una carnicería que parece una boutique ... No hay ni olor."

Desde marzo, cuando finalizó esa primera etapa de obtención de muestras, el equipo siguió evaluando más carnicerías, que se sumaron al programa. Ya son un total de 114 relevadas, y antes de septiembre el objetivo es relevarlas todas. El programa se adoptará en Neuquén y "con viento a favor", asegura el equipo, se extendería a Morón, Tandil y Luján.


PARA PREVENIR EL SUH


  • Consumir alimentos, en especial las carnes, bien cocidas y que no desprendan jugos.

  • Lavarse las manos con agua y jabón después de ir al baño, y antes, durante y después de manipular los alimentos.

  • Separar los alimentos crudos (en especial las carnes) de los cocidos para evitar la contaminación cruzada.

  • No utilizar la tabla y cuchillo con el que se cortó carne cruda para trabajar con otros alimentos sin antes lavarlos.

  • Beber agua potable y consumir leche y derivados pasteurizados.

  • Respetar la cadena de frío de los alimentos perecederos.

  • No bañarse en aguas contaminadas; usar piletas habilitadas.

Fuente: lanacion.com.ar